Recopilación de leyes, decretos, bandos, reglamentos, circulares y providencias de los supremos poderes y otras autoridades de la República Mexicana ... / formada de orden del supremo gobierno por Basilio José Arrillaga ; comprende este tomo los meses de enero a diciembre de 1830.
- Mexico. Laws, etc.
- Date:
- 1836
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Credit: Recopilación de leyes, decretos, bandos, reglamentos, circulares y providencias de los supremos poderes y otras autoridades de la República Mexicana ... / formada de orden del supremo gobierno por Basilio José Arrillaga ; comprende este tomo los meses de enero a diciembre de 1830. Source: Wellcome Collection.
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![peraba que estáis restricciones producirian el buen éxi- to de cortar todos los excesos cometidos en punto á abonos de tiempos por aprehensión de desertores, y lo- grar el fin de premiar el celo y constancia de la tro- pa; pero ha visto verificado lo contrario, y en su conse- cuencia en 1 ' de abril próximo pasado mandó al supre- mo consejo de guerra propusiera un medio para desar- raigar estos tan perjudiciales abusos.—En vista de su dictámen, y considerando que no se consiguen los fines para que se estableció la gracia del abono del tiempo por aprehensión ó delación de desertores, y que no es posible evitar los fraudes introducidos en grave perjui- cio de la real hacienda, y de la justicia y equidad con que deben distribuirse los premios, ha resuelto que la aprehensión ó delación de desertores no pueda servir en adelante para añadir ni ganar años de servicios para ob- tener premios y retiros, y que estas delaciones ó apre- hensiones se recompensen con la gratificación de ochen- ta reales vellón por cada una, en lugar de los sesenta reales que se satisfacían antes, quedando en su fuerza y vigor los premios concedidos á los que sirven efectiva- mente quince, veinte, veinticinco y treinta y cinco años. Lo traslado á V. E. de órden de S. M. para su cumpli- miento en la parte que le toca. La real órden de 9 de febrero de 86 que se cita en la anterior^ no se ha encontrado para ponerse á continuación de esta^ y por lo mismo sigue la de 1 - de febrero de 88 declaratoria de que los desertores pierdan el premio que tengan^ que se cita en el real decreto de 26 de enero de 801 [^página 9] y se halla aquella en la página 142 del tomo 4. ^ de Colon cuya letra dice así:](https://iiif.wellcomecollection.org/image/b29338372_0031.jp2/full/800%2C/0/default.jpg)